Declaración de Renta
Grandes Contribuyentes

CONFIANZA, VISIÓN Y RESULTADOS

Según Resolución 9061 de 2020 tendrán que cancelar las cuotas del saldo a pagar que arroje la declaración de renta del año gravable 2020, así:

  • Primera cuota; entre el 09 y el 22 de febrero de 2021.
  • Segunda cuota; entre el 12 y el 23 de Abril de 2021.
  • Tercera cuota; entre el 09 y el 23 de Junio de 2021.
Tanto las personas naturales como las personas jurídicas que sean grandes contribuyentes, independientemente si son del régimen ordinario o especial, no deben realizar pago por concepto de la primera cuota si están totalmente seguros de que su declaración del año gravable 2020 va a arrojar “saldo a favor” en lugar de “saldo a pagar”. Así lo confirma el inciso segundo del parágrafo del artículo 1.6.1.13.2.11 del DUT 1625 de octubre de 2016, luego de ser sustituido con el artículo 1 del Decreto 1680 de diciembre 17 de 2020.